Del latín "Lignum", leño o madero y "Crucis" de la Cruz, es la astilla, resto, o agrupación de éstos, procedentes de la fragmentación de la Verdadera Cruz de nuestro Señor Jesucristo y que alojado en una teca y a su vez en un relicario, es refrendada su veracidad a través de un documento de certificación denominado "Authéntica". Le es dedicado el culto de Latría relativa, o sobre las cosas, grado inferior al de Latría Absoluta o dedicada a Dios, verdaderamente presente en el Sacramento de la Eucaristía.
El Lignum Crucis pertenece al grupo de las reliquias mayores, que son las que proceden de la pasión de Jesucristo, frente a las menores, que son de los santos.
Los restos de la Cruz de Cristo fueron descubiertos por Santa Elena, madre del Emperador Constantino, en el año 326. Tras el hallazgo se produjo un proceso de dispersión de fragmentos del madero, entre las que se encontraban como destino las ciudades de Roma y Constantinopla. Durante su historia, en especial el medievo y el Renacimiento, llegaron a España restos de la Cruz dirigidos principalmente a autoridades eclesiásticas y laicas o bien traídos de Tierra Santa, como el Lignum Crucis del Monasterio de Santo Toribio de Liébana, mayor fragmento conservado en la actualidad.
Los restos de la Cruz de Cristo nos ofrecen con su presencia testimonio del origen y reminiscencia de no pocas Hermandades y Cofradías en nuestro país, que al ser de la Vera+Cruz, “la Verdadera Cruz”, son consideradas como las más antiguas entre todas las demás advocaciones.
El Lignum Crucis recibe culto de adoración en grado de Latría relativa, o sobre las cosas, al ser parte de la Cruz que estuvo en contacto físico con nuestro Señor Jesucristo, a quien le reconocemos suprema perfección y dominio, habiendo sido bañada con su sangre.
Como símbolo de adoración y sumisión a Dios, se realiza el acto de genuflexión ante las reliquias de la Cruz en la liturgia del Viernes Santo así como en las ocasiones que estén expuestas para su veneración.
La Cruz tiene rango de adoración el Viernes Santo, pero esta adoración también se profesa cuando están expuestas las reliquias de la Verdadera Cruz del Señor, por haberse consumado en ella la redención y haber sido impregnada de la Sangre del Redentor (culto de Latría relativa o sobre las cosas).
Protocolos:
Culto interno.
- Eucaristía y altares de cultos y procesión.
El color litúrgico para las fiestas de la Cruz es el rojo. Cuando es portada, bien en una procesión, bien para dar la bendición con ella al final de la misa, se usa un paño humeral con el color propio de la reliquia, aunque sea otro el color del día. De esa manera también se diferencia de cuando se usa el Santísimo, que es color blanco. El paño humeral para el Lignum Crucis debe ser el rojo, al ser una reliquia del Martirio de Jesucristo. El color rojo simboliza el fuego y la sangre, por eso es utilizado en las fiestas de los mártires, el Domingo de Ramos, el Viernes Santo, el día de Penteconstés y el en sacramento de la confirmación.
Una de las notas más características en las celebraciones eucarísticas ha sido el gesto de situar el Crucifijo que preside la celebración en el centro del altar. Situando la Cruz en medio se intenta recuperar el "cristocentrismo" en las celebraciones, donde tanto el Sacerdote oficiante, como los fieles, están mirando a la Cruz. Ya que muchos de los cultos de nuestras Hermandades y Cofradías se celebran exponiendo entronizado la imagen del Titular, con objeto de no duplicar el signo, se situará el Lignum Crucis en el centro, con los gestos de adoración correspondiente al llegar o salir (genuflexión).
Caso de situar la reliquia en un altar de cultos y permanecer expuesta durante un tiempo prolongado deberá ser situada, preferentemente, en un lugar alto para destacar su realce y garantizar su seguridad.
A la finalización de la Eucaristía, la bendición con la reliquia podrá reservarse para las Festividades principales, como la Función Principal de Instituto, la Invención de la Santa Cruz o la Exaltación de la Santa Cruz. Cuando se imparta con ella se procederá igual que con el Santísimo, con el paño de hombro en rojo, pero no en silencio, sino que el sacerdote dirá "y la bendición de Dios Padre...", y si es un obispo hará tres veces la señal de la cruz, como es costumbre en su ritual.
En Triduos o Quinarios existirá la posibilidad de situarla debajo de la imagen del Titular cristífero, cuando sean iniciados estos cultos con la exposición del Santísimo. Lógicamente, el rango de adoración recaerá sobre Jesús Sacramentado (culto de Latría absoluta o sobre las Personas).
En la Festividad de la Invención de la Santa Cruz así como en la Festividad de la Exaltación de la Santa Cruz, al ser protagonista central de dichas conmemoraciones, se podrá exponer sobre el Altar y tras la bendición se trasladará en solemne procesión al lugar de ubicación y custodia.
Culto externo.
El color litúrgico para las fiestas de la Cruz es el rojo. Cuando es portada, bien en una procesión, bien para dar la bendición con ella al final de la misa, se usa un paño humeral con el color propio de la reliquia, aunque sea otro el color del día. De esa manera también se diferencia de cuando se usa el Santísimo, que es color blanco. El paño humeral para el Lignum Crucis debe ser el rojo, al ser una reliquia del Martirio de Jesucristo. El color rojo simboliza el fuego y la sangre, por eso es utilizado en las fiestas de los mártires, el Domingo de Ramos, el Viernes Santo, el día de Penteconstés y el en sacramento de la confirmación.
Una de las notas más características en las celebraciones eucarísticas ha sido el gesto de situar el Crucifijo que preside la celebración en el centro del altar. Situando la Cruz en medio se intenta recuperar el "cristocentrismo" en las celebraciones, donde tanto el Sacerdote oficiante, como los fieles, están mirando a la Cruz. Ya que muchos de los cultos de nuestras Hermandades y Cofradías se celebran exponiendo entronizado la imagen del Titular, con objeto de no duplicar el signo, se situará el Lignum Crucis en el centro, con los gestos de adoración correspondiente al llegar o salir (genuflexión).
Caso de situar la reliquia en un altar de cultos y permanecer expuesta durante un tiempo prolongado deberá ser situada, preferentemente, en un lugar alto para destacar su realce y garantizar su seguridad.
A la finalización de la Eucaristía, la bendición con la reliquia podrá reservarse para las Festividades principales, como la Función Principal de Instituto, la Invención de la Santa Cruz o la Exaltación de la Santa Cruz. Cuando se imparta con ella se procederá igual que con el Santísimo, con el paño de hombro en rojo, pero no en silencio, sino que el sacerdote dirá "y la bendición de Dios Padre...", y si es un obispo hará tres veces la señal de la cruz, como es costumbre en su ritual.
En Triduos o Quinarios existirá la posibilidad de situarla debajo de la imagen del Titular cristífero, cuando sean iniciados estos cultos con la exposición del Santísimo. Lógicamente, el rango de adoración recaerá sobre Jesús Sacramentado (culto de Latría absoluta o sobre las Personas).
En la Festividad de la Invención de la Santa Cruz así como en la Festividad de la Exaltación de la Santa Cruz, al ser protagonista central de dichas conmemoraciones, se podrá exponer sobre el Altar y tras la bendición se trasladará en solemne procesión al lugar de ubicación y custodia.
Culto externo.
- Solemnes Procesiones y visitas a Hermanos enfermos de las corporaciones.
El acto público externo se caracterizará por las muestras de respeto hacia la reliquia en cuanto le son profesados los gestos propios de la adoración, genuflexión y/o ser besada a la vez que la persona se arrodilla ante ella.
Su portador tendrá las manos veladas por un lienzo evitando el contacto directo con el relicario, que será flanqueado por cuatro cirios o cuatro faroles, a ser posible de cera verde, color que identifica al madero de los justos en el que padeció y murió nuestro Señor Jesucristo así como de las propias Hermandades y Cofradías de la Vera+Cruz.
- Traslado a domicilios de Hermanos enfermos
En los traslados a domicilios de Hermanos enfermos, si es portada en una comitiva procesional, se observarán las normas generales señaladas para el culto externo.
En circunstancias extraordinarias en las que la reliquia fuera llevada, de manera discrecional , desde el lugar de ubicación y custodia temporal hasta el domicilio o residencia de un Hermano aquejado de grave enfermedad, deberá ser el Hermano Mayor, como principal responsable de la custodia y observación de usos de la reliquia, quien realice el traslado acompañado por otros miembros de su Junta de Gobierno. Igualmente, a tal efecto, podrá delegar en otro miembro de la Junta caso de existir motivo justificado o extraordinario que así lo requiriera sin que, en ningún caso, pudiera llevarse a cabo éste u otros usos de la reliquia sin la autorización o aquiescencia del Hermano Mayor.
El acto público externo se caracterizará por las muestras de respeto hacia la reliquia en cuanto le son profesados los gestos propios de la adoración, genuflexión y/o ser besada a la vez que la persona se arrodilla ante ella.
Su portador tendrá las manos veladas por un lienzo evitando el contacto directo con el relicario, que será flanqueado por cuatro cirios o cuatro faroles, a ser posible de cera verde, color que identifica al madero de los justos en el que padeció y murió nuestro Señor Jesucristo así como de las propias Hermandades y Cofradías de la Vera+Cruz.
- Traslado a domicilios de Hermanos enfermos
En los traslados a domicilios de Hermanos enfermos, si es portada en una comitiva procesional, se observarán las normas generales señaladas para el culto externo.
En circunstancias extraordinarias en las que la reliquia fuera llevada, de manera discrecional , desde el lugar de ubicación y custodia temporal hasta el domicilio o residencia de un Hermano aquejado de grave enfermedad, deberá ser el Hermano Mayor, como principal responsable de la custodia y observación de usos de la reliquia, quien realice el traslado acompañado por otros miembros de su Junta de Gobierno. Igualmente, a tal efecto, podrá delegar en otro miembro de la Junta caso de existir motivo justificado o extraordinario que así lo requiriera sin que, en ningún caso, pudiera llevarse a cabo éste u otros usos de la reliquia sin la autorización o aquiescencia del Hermano Mayor.
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